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ROPA DE PROTECCIÓN CONTRA PRODUCTOS QUÍMICOS

La función de la ropa de protección contra productos químicos según el INSHT es evitar que éstos entren en contacto directo con la piel. Esto es una forma de controlar un riesgo de exposición, cuando éste no ha podido eliminarse o reducirse hasta los niveles deseados por otros medios. La exposición de la piel a productos químicos supone un riesgo si:

  • El producto es peligroso para la salud.
  • El producto se absorbe a través de la piel o la daña.
  • La piel, aunque no se vea afectada directamente o sea vía de entrada, pueda servir de vehículo hacia otras rutas como, por ejemplo, las vías respiratorias.

Por tanto, la evaluación de riesgos para la seguridad y salud de los trabajadores, cuando hay agentes químicos presentes en el lugar de trabajo, debería comenzar por determinar los peligros para la salud de los productos.

La información sobre la peligrosidad de las sustancias químicas y sus mezclas, así como las posibles vías de absorción, puede obtenerse mediante los suministradores de las mismas. Las fuentes de información son la Etiqueta de los productos y la Ficha de Datos de Seguridad. En concreto, la Ficha de Datos de Seguridad requiere, en función de la clasificación de la sustancia o mezcla, que se especifique en su apartado 8 cuáles son los medios de control de la exposición y los equipos de protección personal necesarios para la manipulación del producto.

No se abordarán en este artículo los requisitos para otros EPI (guantes, calzado, protección respiratoria, ocular, etc.) a utilizar en el caso de exposición a sustancias químicas y tan sólo se indicará lo relativo a ropa de protección química.

La EN ISO 13688 describe los requisitos generales aplicables a la ropa de protección, tales como la ergonomía, inocuidad, envejecimiento, designación de tallas, compatibilidad, marcado de la ropa de protección y proporciona la información que debe suministrar el fabricante. Esta Norma armonizada – por lo que tiene presunción de conformidad – está destinada únicamente a ser usada en combinación con otras que disponen los requisitos específicos de protección para poder certificar la ropa de protección y dotarlas de la seguridad adecuada a riesgos específicos (protección química, biológicos, partículas radioactivas, etc.)

Las sustancias y mezclas peligrosas para la salud están consideradas como un riesgo que puede tener consecuencias muy graves para la salud por lo que, según la normativa europea vigente, todo aquel EPI utilizado para estos riesgos deberá ser de Categoría III.

Clasificación por Tipos

Dependiendo de las características del riesgo químico, se elegirá un Tipo de prenda u otro, atendiendo a lo dispuesto en las siguientes Normas armonizadas:

  • Tipo 1: Trajes herméticos a gases (EN 943-1 y EN 943-2)
    • Tipo 1a: Trajes herméticos a gases con equipo de respiración bajo el traje.
    • Tipo 1b: Trajes herméticos a gases con equipo de respiración fuera del traje.
    • Tipo 1c: Trajes herméticos a gases con presión positiva interna.
    • Tipo 1 ET: Trajes herméticos a gases destinados a equipos de emergencia.
  • Tipo 2: Trajes ventilados no herméticos a gases (EN 943-1)
  • Tipo 3: Protección frente a líquidos (salpicaduras o baja peligrosidad sust.) (EN 14605)
  • Tipo 4: Protección frente a pulverizaciones de líquidos (EN 14605)
  • Tipo 5: Protección frente a polvo y partículas sólidas (EN ISO 13982-1)
  • Tipo 6: Protección frente a pequeñas salpicaduras (bajo nivel de protección)(EN 13034)

A las prendas se les puede incorporar, además, otras características de protección para dotarlas de mayor seguridad y polivalencia en diversos entornos laborales y distintos sectores industriales, amparando a los trabajadores de los riegos más habituales en ese tipo de puestos de trabajo, como son los siguientes:

Ropa de protección contra productos químicos | MarcaPL
Ropa de protección contra productos químicos | MarcaPL
  • Antiestático.- EN 1149-5. Especifica los requisitos electrostáticos y de diseño que debe tener la ropa de protección antiestática, para disipar la carga acumulada en el trabajador a través del material y, así, evitar un punto de ignición que pueda provocar un incendio.
  • Partículas radioactivas.- EN 1073-2. Especifica los requisitos y métodos de ensayo para las ropas de protección no ventiladas que protegen al usuario contra la contaminación por partículas radioactivas.
  • Riesgo biológico.- EN 14126:2004 especifica requisitos y métodos de ensayo para ropa de protección reutilizable y de uso limitado capaz de ofrecer protección contra agentes biológicos.
  • Ignífugo.- EN ISO 14116. Ropa de protección contra el calor y las llamas. Ropa, materiales y conjunto de materiales con propagación limitada de llama.

STEELGEN INDUSTRIAL® es la gama de productos de vestuario desechable del grupo BUNZL que está integrado por dos líneas: sin protección química, que no requieren de normativa de protección específica, y de protección química, certificado como EPI de Categoría III, basada en el Informe Técnico del Comité Europeo de Normalización CEN/TR 15419 de Guía para la selección, uso, cuidado y mantenimiento de la ropa de protección contra productos químicos.

El vestuario desechable sin protección química de STEELGEN INDUSTRIAL® (buzo, bata, cubre calzado y gorro) no está considerado como equipo de protección individual (EPI) por lo que no requiere de marcado CE y su utilidad de manera general está encaminada a evitar manchas en la ropa o como prendas de higiene en visitas a distintos tipos de plantas quedando fuera del ámbito de este artículo.

Guía de selección

La línea STEELGEN INDUSTRIAL® para protección química cuenta, por el momento, con la siguiente combinación de protecciones, según las normas anteriormente descritas relacionadas en la siguiente guía de selección:

Ropa de protección contra productos químicos | MarcaPL
Ropa de protección contra productos químicos | MarcaPL

Esta información está destinada a ser utilizada por personal cualificado y experimentado para identificar y cuantificar los riesgos de las condiciones específicas de uso final (tipo de sustancia, mezcla, concentración, temperatura, nivel de exposición, etc.) que requieran el uso de Ropa de Protección contra Productos Químicos, por lo que es responsabilidad del usuario determinar el nivel de toxicidad y el equipo de protección individual adecuado que precisa bajo su propio riesgo. Lea siempre las instrucciones de uso del EPI a utilizar.

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Calzado de Seguridad Vestuario desechable Riesgos químicos Vestuario Laboral

Uso de EPIs en presencia de atmósferas explosivas (ATEX)

El artículo 40.2 de la Constitución Española encomienda a los poderes públicos, como uno de los principios rectores de la política social y económica, velar por la seguridad e higiene en el trabajo. Además de este mandato constitucional, se desarrollaron, como consecuencia del Tratado de la Unión Europea, distintas directivas de disposiciones mínimas para la armonización jurídica de los distintos Estados miembros. La Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales es, básicamente, el resultado de la aplicación de los marcos jurídicos indicados anteriormente y determina el cuerpo básico de garantías y responsabilidades preciso para establecer un adecuado nivel de protección de la salud de los trabajadores frente a los riesgos derivados de las condiciones de trabajo. Es, por tanto, esta Ley, una referencia legal mínima a partir del cual las normas reglamentarias irán fijando y concretando los aspectos más técnicos de las medidas preventivas.

En este sentido, se publicaron, el Real Decreto 681/2003, sobre la protección de la salud y seguridad de los trabajadores expuestos a los riesgos derivados de atmósferas explosivas en el lugar de trabajo, y, el Real Decreto 144/2016, por el que se establecen los requisitos esenciales de salud y seguridad exigibles a los aparatos y sistemas de protección para su uso en atmósferas potencialmente explosivas. Siendo, ambas, las normas de referencia para los entornos de trabajo con presencia de atmósferas explosivas, además de existir otras específicas de seguridad industrial fuera del objeto del presente artículo.

Zonas ATEX y riesgos específicos

Se entiende como atmósfera explosiva la mezcla con el aire, en condiciones atmosféricas, de sustancias inflamables en forma de gases, vapores, nieblas o polvos, en la que, tras una ignición, la combustión se propaga a la totalidad de la mezcla no quemada.

Según el artículo 7 del R.D. 681/2003, el empresario deberá clasificar en zonas, con arreglo al anexo I de ese reglamento, las áreas en las que pueden formarse atmósferas explosivas. Esta clasificación en zonas se aplicará a las áreas en las que deban tomarse las medidas protección para prevenir las explosiones.

Las áreas de riesgo se clasificarán en zonas teniendo en cuenta la frecuencia con que se produzcan atmósferas explosivas y su duración.

Atmósferas explosivas ATEX
Atmósferas explosivas ATEX

En las zonas clasificadas como atmósferas explosivas, según el cuadro anterior, con el objeto de prevenir las explosiones, de conformidad con el artículo 15.1 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, y de proporcionar una protección contra ellas, el empresario deberá tomar medidas de carácter técnico y/u organizativo en función del tipo de actividad, siguiendo un orden de prioridades y conforme a los principios básicos siguientes: impedir la formación de atmósferas explosivas o, cuando la naturaleza de la actividad no lo permita, evitar la ignición de atmósferas explosivas y atenuar los efectos perjudiciales de una explosión de forma que se garantice la salud y la seguridad de los trabajadores.

Por tanto, uno de los riesgos principales en este tipo de zonas es la ignición de la atmósfera explosiva, ya que cuando la mezcla aire-sustancia inflamable se encuentra dentro de su rango de explosividad (Fig.1) , sólo necesitará un foco de ignición(1) con suficiente energía para comenzar la combustión de la misma.

Por tanto, constituye un elemento de prevención fundamental en los trabajos en zonas clasificadas evitar los focos potenciales de ignición, ya que la probabilidad de ignición determinará, también, la estimación/valoración del riesgo relacionado en entornos ATEX.

Uso de EPI en zonas clasificadas ATEX

En primer lugar, es importante tener en cuenta que aunque el R.D. 144/2016 sobre aparatos y sistemas de protección para uso en atmósferas potencialmente explosivas, excluye del ámbito de aplicación a los EPI, éstos sí deben proporcionar un nivel adecuado de seguridad en los trabajos realizados en estos entornos. Siendo el R.D. 681/2003 el que indica específicamente, en el anexo II de medidas de protección contra explosiones, que se debe utilizar calzado y ropa de trabajo que no den lugar a descargas electrostáticas que puedan provocar la ignición de atmósferas explosivas.

Según lo anterior, es determinante el uso de vestuario y calzado adecuado para la disipación de la cargas electrostáticas que se pudieran acumular en el trabajador, según las normas armonizadas EN 1149-5 y la EN 20345, respectivamente, evitando, así, cualquier foco potencial de ignición por esta causa. Además, estos entornos son zonas con riesgo de incendio por lo que es necesario proteger al trabajador mediante ropa ignífuga, según la norma armonizada EN 11612, que cumple con el requisito de limitar la propagación de la llama y de proteger frente a ciertos tipos de transmisión del calor. Marca Protección Laboral ha desarrollado una gama completa de vestuario laboral bajo la marca propia IGNIX®, antiestática e ignífuga con dos alternativas de tejido de alta calidad, permanente (modacrílico) o de algodón tratado, ambos con costuras de Meta-aramida, añadiéndole otros tipos de protección como: soldadura, arco eléctrico, alta visibilidad, todo ello certificado bajo las normas de referencia para cada caso, respondiendo a las necesidades de los distintos trabajos en entornos ATEX con una alto grado de protección y ofreciendo variadas alternativas al usuario, desde camisas, pantalones, buzos y pasamontañas, hasta chaquetas y ropa de alta visibilidad, incluyendo una chaqueta, un pantalón y un chaleco específico de alta visibilidad ignífugo y antiestático.

Así mismo, bajo la también marca propia STEELGEN® se ha fabricado un nuevo vestuario desechable de protección química Tipos 3, 4, 5 y 6  antiestático, con protecciones adicionales para agentes biológicos, partículas radioactivas e ignífugo.

De igual forma, ANIBAL®, nuestra marca de calzado de seguridad y de trabajo antiestático, con sus variadas referencias y realizados en microfibra con distintos tipos de protección, constituyen un referente en el mercado por su alta calidad y diseños atractivos.

Con nuestros distintivos IGNIX®, ANIBAL® y STEELGEN® se ofrece al usuario una variedad de alternativas y tipos de protección certificada, según normas de referencia, para el desarrollo seguro de múltiples trabajos en zonas clasificadas ATEX.

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Vestuario Laboral

VESTUARIO LABORAL – Ropa de protección.

Vestuario Laboral - ropa de protección
Vestuario Laboral – ropa de protección

Cuando hace unos años hablábamos de vestuario laboral o ropa de protección para el trabajador, pensábamos en una ropa incómoda y estéticamente fea. Pero actualmente y gracias a los avances de investigación tanto en diseños como en materiales, podemos encontrar prendas que además de seguridad nos aportan comodidad, confort y ergonomía.

Dentro del vestuario laboral nos encontramos con la ropa de protección, que es toda aquella prenda que protege el cuerpo (tronco, brazos y piernas) de uno o varios peligros. Su elección deberá basarse en el estudio y la evaluación de los riesgos dependiendo de:

  • La duración de la exposición a los riesgos
  • Su frecuencia y gravedad
  • Las condiciones existentes en el trabajo y su entorno.

Por este motivo, este proceso debe ser realizado por personal cualificado que se encargue de realizar la evaluación y prevención de riesgos, teniendo en cuenta las necesidades profesionales que se vayan a cubrir, dando prioridad a las medidas de protección colectiva frente a las medidas de protección individual.

 

Tipos de ropa de protección

Dentro de vestuario laboral existen muchos tipos de ropa de protección disponibles para proteger frente a una gran variedad de riesgos, como por ejemplo:

 

  • Ropa de protección frente a riesgos de tipo mecánico
  • Ropa de protección frente al calor y el fuego
  • Ropa de protección frente a riesgo químico
  • Ropa de protección frente al frío
  • Ropa de protección frente a riesgos biológicos
  • Ropa de protección frente a radiaciones (ionizantes y no ionizantes)
  • Ropa de protección de alta visibilidad 
  • Ropa de protección frente a riesgos eléctricos
  • Ropa de protección ignífuga y antiestática 

 

Clasificación de Vestuario Laboral

El vestuario laboral, al igual que el resto de Equipos de Protección Individual, se clasifican en:

 

Categoría 1

Aquella ropa de trabajo que debido a su diseño sencillo, el usuario pueda juzgar por si mismo su eficacia contra riesgos mínimos, y cuyos efectos, cuando sean graduales, puedan ser percibidos a tiempo y sin peligro para el usuario, como por ejemplo las agresiones mecánicas de efectos superficiales o los agentes atmosféricos que no sean excepcionales o extremos.

• Este vestuario ha de superar la EN13688, norma armonizada que regula los requisitos mínimos a cumplir por la Vestuario Laboral, cambio dimensional frente al lavado, designación de tallas, etiquetado, propiedades fisiológicas, solidez del calor,… Además existen otras normas que regulan los requisitos a cumplir por aquellas prendas que van destinadas a proteger frente a determinados riesgos que se pueden considerar mínimos:

EN14058: Ropa de protección contra ambientes fríos (entre -5ºC y 10ºC).

EN343: Vestuario de protección contra la lluvia.

El marcado que han de llevar estas prendas en categoría 1 es:
– identificación del fabricante o mandatario.
– modelo o referencia.
– talla.
– marcado CE.
– instrucciones de mantenimiento.
– composición.

 

Categoría 2

Aquel vestuario destinado a proteger frente a riesgos in­ter­medios o de todo tipo que no pudieran llegar a causar le­sio­nes muy graves o la muerte.

• Estas prendas han de su­pe­rar, ade­más de la EN13688, la norma ar­mo­ni­zada que regule el riesgo frente al que se re­co­mienda por ejemplo:

EN342: Ropa de protección contra el frío destinada a proteger frente a temperaturas ambiente comprendidas entre -5ºC y -50ºC.
EN11611: Ropa de protección utilizada durante el soldeo y procesos afines.
EN11612: Ropa de protección para trabajadores expuestos al calor (temperatura ambiente inferior a 100ºC).
EN20471: Vestuario de protección de Alta Visibilidad.
EN1149-5: Ropa de protección Antiestática.
EN14116 Ropa de protección contra el calor y la llama (propagación limitada de llama).

El marcado que han de llevar estas prendas es el mismo que el de categoría 1, añadiendo el pictograma indicativo del riesgo y sus niveles de resistencia.

 

Categoría 3

Ropa destinada a proteger al usuario de un peligro mortal o que pueda dañar gravemente y de forma irreversible la salud sin que se pueda descubrir a tiempo su efecto inmediato. Esta ropa ha de superar, además de la EN13688, la norma armonizada que regule el riesgo frente al que se recomiende esa ropa:

EN13034 Ropa de protección limitada contra productos químicos líquidos (Tipo 6).
EN13982-1 Ropa de protección química frente a partículas sólidas suspendidas (Tipo 5)
EN14605 Ropa de protección con uniones herméticas a las pulverizaciones (Tipo 4)
EN14605 Ropa de protección contra productos químicos líquidos (Tipo 3)
EN1073-2 Ropa de protección no ventilada contra contaminación partículas radiactivas
EN14126 Ropa de protección contra agentes biológicos
EN61482 Ropa de protección contra arco eléctrico.

El marcado que han de llevar estas prendas es el mismo que el de categoría 2, pero añadiendo al marcado CE el número de identificación del Organismo de control notificado encargado del control de calidad CE en la fase de producción.

Deben ser certificados por un organismo notificado y el fabricante adoptar uno de los sistemas de garantía de calidad CE regulados para su comercialización según el R.D. 1407/1992.

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Calzado de Seguridad Guantes de Trabajo Protección Cabeza Protección en Altura Protección Ocular Vestuario Laboral

Trabajos verticales – Riesgos y normativas.

Marca Protección Laboral - Trabajos verticales
Marca Protección Laboral – Trabajos verticales

Los trabajos verticales según el INSHT son todos aquellos donde se utilizan técnicas de acceso y posicionamiento mediante cuerdas, anclajes y aparatos de progresión .  Su uso es  aconsejable donde sea imposible instalar andamios, plataformas de trabajo u otros equipos de altura por las características de la zona y para trabajos de corta duración.

La principal ventaja de estos trabajos reside en que llegan a puntos inaccesibles, pero conlleva un elevado riesgo para el trabajador que los realiza, puesto que el acceso al lugar de trabajo como la ejecución del mismo se lleva a cabo a gran altura. Destinado principalmente en trabajos de mantenimiento, construcción, limpieza, montajes de estructuras, etc.

Los trabajos verticales requieren unas medidas de protección laboral específicas, por lo que es de vital importancia garantizar y mantener unas condiciones de trabajo seguras, dando prioridad a las medidas de protección colectiva frente a las medidas de protección individual.

Por este motivo, este proceso debe ser realizada por personal cualificado que se encargue de realizar la evaluación y prevención de riesgos, teniendo en cuenta las necesidades profesionales que se vayan a cubrir.

Evaluación de riesgos:

  • Estudio del lugar donde se van a realizar los trabajos, así como, la maquinaria, el entorno, los equipos, materiales que se van a emplear, etc.
  • Riesgos a los que van a estar sometidos, debidos a la altura a la que se van realizar los trabajos, proximidad a un vacío, otros trabajos que se están realizando en la mismo zona, riesgos relacionados con la ejecución del propio trabajo, etc.
  • Tareas a realizar, duración, frecuencia, posturas, etc.
  • Características del trabajador: la persona que realiza este tipo de trabajos tiene que estar debidamente formación y acreditado como técnico en trabajos verticales, ser mayor de edad y con buenas actitudes físicas y psicológicas, teniendo que realizar exámenes médicos cada año para descartar posibles problemas.

Riesgos asociados a trabajos verticales

Los principales riesgos:

  • Caídas de personas a distinto nivel: Este riesgo es el más peligroso puesto que los trabajos normalmente se realizan a gran altura y las consecuencias pueden ser mortales. Por este motivo, es de vital importancia el estado de los equipos y materiales empleados, la existencia de puntos de anclajes suficientes y una buena planificación en seguridad.

Los equipos de protección anti-caídas necesarios son: Arneses y cinturones / Absorbedores de energía / Elementos de amarre /  Línea de vida verticales / Dispositivos retráctil / Mosquetones o conectores.

 

  • Caídas de materiales a distinto nivel: las herramientas y demás accesorios deberán estar sujetos al arnés o al asiento del trabajador, o sujetas por otros medios adecuados con el fin de evitar caídas involuntarias.

 

  • Condiciones atmosféricas (niebla, viento o precipitaciones): no se realizarán trabajos o tendrán que interrumpirse cuando se ponga en peligro la seguridad del trabajador.

 

  • Trastornos músculos-esqueléticos ocasionados por las posturas que el trabajador deberá adquirir y la duración que necesita para realizarlas, teniendo en cuenta que se encuentra en suspensión y sin punto de apoyo.

 

 

Normativas en trabajos verticales

-Norma EN341 Dispositivos de descenso.
-Norma EN353 Dispositivo anti-caída.
-Norma EN353-1 Dispositivos deslizantes anti-caídas con línea de anclaje rígida.
-Norma EN353-2 Dispositivos deslizantes anti-caídas con línea de anclaje flexible.

-Norma EN354 Elementos de amarre.
-Norma EN355 Absorbedores de energía.
-Norma EN358 Epis para sujeción en posición de trabajo y prevención de caídas en altura. Cinturones para sujeción y retención y componentes de amarre de sujeción. Aplicable a equipos destinados a mantener al usuario en su posición de trabajo (Sujeción) e impedir que llegue a un lugar en el que se pueda producir una caída en altura (Retención). En ningún caso un sistema de sujeción o retención debe usarse como anti-caída.
-Norma EN360 Dispositivos anti-caídas retractiles.
-Norma EN361 Arneses anti-caída.
-Norma EN362 Conectores.

-Norma EN363 Esta norma específica la terminología y los requisitos generales de los sistemas anti-caídas utilizados como EPIs contra caída de altura. Deben diseñarse y fabricarse con un nivel alto de protección que no genere riesgos, de fácil colocación, ligeros y sin desajustes, y que permitan una posición correcta después de la parada.
-Norma EN364 Regula los métodos de ensayo.
-Norma EN365 Requisitos generales para instrucciones de uso y marcado.
-Norma EN566 Anillos de cinta.
-Norma EN567 Bloqueadores.
-Norma EN795 Dispositivos de anclaje.
-Norma EN813 Trabajos en Suspensión.
-Norma EN1496 Sistemas de Salvamento.
-Norma EN1891 y EN ISO 1140 Cuerdas Trenzadas y Cuerdas de fibra (poliamida).

Mantenimiento

Según la norma EN365 cada equipo ha de ser revisado por el usuario de manera visual antes de cada uso para comprobar que el funcionamiento sea correcto y no suponga un riesgo.En el caso de que esto no sea así, se debe informar a su suprior de cualquier anomalía, defecto o deterioro para que proceda a la sustitución.

Es necesario asegurarse del correcto almacenamiento, mantenimiento y limpieza del equipo para así alargar su vida útil.