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Uso de EPIs en presencia de atmósferas explosivas (ATEX)

El artículo 40.2 de la Constitución Española encomienda a los poderes públicos, como uno de los principios rectores de la política social y económica, velar por la seguridad e higiene en el trabajo. Además de este mandato constitucional, se desarrollaron, como consecuencia del Tratado de la Unión Europea, distintas directivas de disposiciones mínimas para la armonización jurídica de los distintos Estados miembros. La Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales es, básicamente, el resultado de la aplicación de los marcos jurídicos indicados anteriormente y determina el cuerpo básico de garantías y responsabilidades preciso para establecer un adecuado nivel de protección de la salud de los trabajadores frente a los riesgos derivados de las condiciones de trabajo. Es, por tanto, esta Ley, una referencia legal mínima a partir del cual las normas reglamentarias irán fijando y concretando los aspectos más técnicos de las medidas preventivas.

En este sentido, se publicaron, el Real Decreto 681/2003, sobre la protección de la salud y seguridad de los trabajadores expuestos a los riesgos derivados de atmósferas explosivas en el lugar de trabajo, y, el Real Decreto 144/2016, por el que se establecen los requisitos esenciales de salud y seguridad exigibles a los aparatos y sistemas de protección para su uso en atmósferas potencialmente explosivas. Siendo, ambas, las normas de referencia para los entornos de trabajo con presencia de atmósferas explosivas, además de existir otras específicas de seguridad industrial fuera del objeto del presente artículo.

Zonas ATEX y riesgos específicos

Se entiende como atmósfera explosiva la mezcla con el aire, en condiciones atmosféricas, de sustancias inflamables en forma de gases, vapores, nieblas o polvos, en la que, tras una ignición, la combustión se propaga a la totalidad de la mezcla no quemada.

Según el artículo 7 del R.D. 681/2003, el empresario deberá clasificar en zonas, con arreglo al anexo I de ese reglamento, las áreas en las que pueden formarse atmósferas explosivas. Esta clasificación en zonas se aplicará a las áreas en las que deban tomarse las medidas protección para prevenir las explosiones.

Las áreas de riesgo se clasificarán en zonas teniendo en cuenta la frecuencia con que se produzcan atmósferas explosivas y su duración.

Atmósferas explosivas ATEX
Atmósferas explosivas ATEX

En las zonas clasificadas como atmósferas explosivas, según el cuadro anterior, con el objeto de prevenir las explosiones, de conformidad con el artículo 15.1 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, y de proporcionar una protección contra ellas, el empresario deberá tomar medidas de carácter técnico y/u organizativo en función del tipo de actividad, siguiendo un orden de prioridades y conforme a los principios básicos siguientes: impedir la formación de atmósferas explosivas o, cuando la naturaleza de la actividad no lo permita, evitar la ignición de atmósferas explosivas y atenuar los efectos perjudiciales de una explosión de forma que se garantice la salud y la seguridad de los trabajadores.

Por tanto, uno de los riesgos principales en este tipo de zonas es la ignición de la atmósfera explosiva, ya que cuando la mezcla aire-sustancia inflamable se encuentra dentro de su rango de explosividad (Fig.1) , sólo necesitará un foco de ignición(1) con suficiente energía para comenzar la combustión de la misma.

Por tanto, constituye un elemento de prevención fundamental en los trabajos en zonas clasificadas evitar los focos potenciales de ignición, ya que la probabilidad de ignición determinará, también, la estimación/valoración del riesgo relacionado en entornos ATEX.

Uso de EPI en zonas clasificadas ATEX

En primer lugar, es importante tener en cuenta que aunque el R.D. 144/2016 sobre aparatos y sistemas de protección para uso en atmósferas potencialmente explosivas, excluye del ámbito de aplicación a los EPI, éstos sí deben proporcionar un nivel adecuado de seguridad en los trabajos realizados en estos entornos. Siendo el R.D. 681/2003 el que indica específicamente, en el anexo II de medidas de protección contra explosiones, que se debe utilizar calzado y ropa de trabajo que no den lugar a descargas electrostáticas que puedan provocar la ignición de atmósferas explosivas.

Según lo anterior, es determinante el uso de vestuario y calzado adecuado para la disipación de la cargas electrostáticas que se pudieran acumular en el trabajador, según las normas armonizadas EN 1149-5 y la EN 20345, respectivamente, evitando, así, cualquier foco potencial de ignición por esta causa. Además, estos entornos son zonas con riesgo de incendio por lo que es necesario proteger al trabajador mediante ropa ignífuga, según la norma armonizada EN 11612, que cumple con el requisito de limitar la propagación de la llama y de proteger frente a ciertos tipos de transmisión del calor. Marca Protección Laboral ha desarrollado una gama completa de vestuario laboral bajo la marca propia IGNIX®, antiestática e ignífuga con dos alternativas de tejido de alta calidad, permanente (modacrílico) o de algodón tratado, ambos con costuras de Meta-aramida, añadiéndole otros tipos de protección como: soldadura, arco eléctrico, alta visibilidad, todo ello certificado bajo las normas de referencia para cada caso, respondiendo a las necesidades de los distintos trabajos en entornos ATEX con una alto grado de protección y ofreciendo variadas alternativas al usuario, desde camisas, pantalones, buzos y pasamontañas, hasta chaquetas y ropa de alta visibilidad, incluyendo una chaqueta, un pantalón y un chaleco específico de alta visibilidad ignífugo y antiestático.

Así mismo, bajo la también marca propia STEELGEN® se ha fabricado un nuevo vestuario desechable de protección química Tipos 3, 4, 5 y 6  antiestático, con protecciones adicionales para agentes biológicos, partículas radioactivas e ignífugo.

De igual forma, ANIBAL®, nuestra marca de calzado de seguridad y de trabajo antiestático, con sus variadas referencias y realizados en microfibra con distintos tipos de protección, constituyen un referente en el mercado por su alta calidad y diseños atractivos.

Con nuestros distintivos IGNIX®, ANIBAL® y STEELGEN® se ofrece al usuario una variedad de alternativas y tipos de protección certificada, según normas de referencia, para el desarrollo seguro de múltiples trabajos en zonas clasificadas ATEX.

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RIESGO ELÉCTRICO Y NORMATIVAS

El riesgo eléctrico constituye uno de los riesgos laborales más comunes por estar presente en casi todas las actividades laborales.

La definición de Riesgo eléctrico según el Insht, es todo riesgo originado por la energía eléctrica. Quedando incluidos los siguientes riesgos:

  • Choque eléctrico por contacto con elementos en tensión por contacto eléctrico directo o indirecto.
  • Quemaduras a consecuencia de un arco eléctrico provocado por un cortocircuito. Arco eléctrico es cuando la corriente eléctrica salta de un elemento conductor en tensión a otro, o simplemente al suelo.
  • Caídas o golpes como consecuencia de choque o arco eléctrico.
  • Explosiones por la acumulación de cargas electrostáticas generando atmósferas explosivas.

 

Los ambientes ATEX (Atmósferas Explosivas) en ambientes clasificados como ATEX es necesario como mínimo, el uso de Ropa Ignífuga (EN11612) y Antiestática  (EN1149-5). Otras normas como la protección contra el Arco Eléctrico (EN61482) amplían el espectro de uso y refuerzan la seguridad del trabajador en caso de que se produzca un Arco Eléctrico, y son cada vez más necesarias dependiendo de la tarea a realizar.

 

Riesgo eléctrico y normativas

A continuación, detallamos los Equipos de Protección individual (EPIs) que deben utilizarse en este tipo de trabajos y la normativa que se aplica a cada uno de ellos.

Protección de la cabeza

La labor principal del casco de protección es de proteger frente a choques o impactos, pero cuando estamos desempeñando trabajos con riesgo eléctrico, tenemos que tener en cuenta que además tiene que protegernos del paso de la corriente eléctrica al cuerpo del trabajador a través de la cabeza.

 

 

 

Riesgo eléctrico | MarcaPL
Riesgo eléctrico | MarcaPL                                                               

Casco electricamente aislante

 

Protección facial y ocular

Pantallas faciales contra el arco eléctrico de cortocircuito. Deben tener un espesor mínimo de 1,2mm, una altura de visión libre en sentido vertical de 150 mm.  como mínimo y una clase de protección de 2-1,2 o 3-1,2. El número 8 es el símbolo de marcado que indica la solidez frente al arco eléctrico de cortocircuito.

EN166 Protección Ocular EN170 Protección Ocular. Filtros Ultravioletas (2-1,2)

 

Riesgo Eléctrico | MarcaPL
Riesgo Eléctrico | MarcaPL

 

Pantallas faciales

          Casco dieléctrico 2088-CV                                            Soporte para visor  2188-SV

          Adaptador dieléctrico para casco 2188-ACV              Visor contra arco eléctrico (8) 2188-VV         

          Visor contra arco eléctrico (8) 2188-VV

 

Protección de manos

Guantes aislantes de la electricidad. Destinados a evitar el paso de la corriente eléctrica en el caso de contacto con un elemento en tensión.

 

 

 

 

 

 

Riesgo eléctrico | MarcaPL
Riesgo eléctrico | MarcaPL

Guantes aislantes de la electricidad

 

Protección de los pies

**Solo el calzado fabricado íntegramente con polímeros (Clase 2), tipo bota de agua, garantiza el aislamiento eléctrico según la única norma de riesgo eléctrico en la actualidad. El calzado de seguridad de piel o microfibra, aunque sea Metal Free no debe usarse como calzado eléctricamente aislante**

 

Tenemos que diferenciar dos grupos de calzado según Asepal:

  • Calzado aislante de la electricidad (EN 50321)

Calzado destinado a ofrecer una gran resistencia eléctrica, por lo que evita que la corriente penetre al cuerpo del usuario. Destinado para trabajos en instalaciones de baja tensión. Este tipo de calzado es un EPI de Categoría III.

 

Se distinguen dos clases que indican el valor de tensión máxima a la que podemos trabajar con seguridad:

Clase 00: Uso en instalaciones de hasta 500 V en c.a. y 750 V en c.c.

Clase 0: Uso en instalaciones de hasta 1000 V en c.a. y 1500 V en c.c.

Riesgo eléctrico | MarcaPL
Riesgo eléctrico | MarcaPL

Bota de agua de seguridad y riesgo eléctrico

 

  • Calzado conductor y antiestático (EN ISO 20345)

Existen dos tipos de calzado para conectar las personas a tierra, evitando que se carguen electrostáticamente: calzado antiestático y calzado conductor (no destinados a trabajos con electricidad).

 

Calzado conductor:

Este tipo de Calzado es un EPI de Categoría II.

El calzado conductor tiene una resistencia eléctrica muy baja y se utiliza cuando es necesario minimizar la carga eléctrica acumulada en el menor tiempo posible (por ejemplo, cuando se manipulan sustancias con energía de ignición muy bajas, como ciertos explosivos de alta sensibilidad). Este tipo de calzado no debe llevarse cuando exista riesgo de contacto eléctrico accidental y no es adecuado para uso general. El calzado conductor debe tener un límite superior de resistencia eléctrica de 100 kΩ. de acuerdo con la Norma EN ISO 20344.

 

 

Calzado antiestático:

El calzado antiestático tiene un límite superior y otro inferior de resistencia. El límite superior es lo suficientemente bajo como para evitar la acumulación electrostática en la mayoría de las situaciones y el límite inferior con objeto de asegurar alguna protección limitada en caso de defecto de algún equipo eléctrico. El calzado antiestático se debería utilizar cuando sea necesario minimizar la acumulación electrostática mediante la disipación de las cargas, por ejemplo, cuando se trabaje en zonas clasificadas como atmósferas explosivas, pero el riesgo de choque eléctrico no se ha eliminado completamente. Este tipo de calzado es adecuado para uso general.

 

Este tipo de Calzado es un EPI de Categoría II.

El calzado antiestático presenta una resistencia eléctrica entre 100 kΩ y 1000 MΩ. de acuerdo con la Norma EN ISO 20344

 

 

El calzado ESD  “Electro Static Discharge”

El calzado ESD está destinado para ser utilizado dentro de Áreas de Protección Electrostática  (EPA), por ser un calzado con gran capacidad conductora, por lo que evita la acumulación de energía electrostática.

Riesgo eléctrico | MarcaPL
Riesgo eléctrico | MarcaPL

Zapato 1688.ZU PRO y bota 1688-BU PRO ESD “Metal Free”

 

Debido a la alta peligrosidad a la hora de desempeñar este tipo de trabajos, es de vital importancia, realizar la evaluación y prevención de riesgos por personal cualificado, para garantizar y mantener unas condiciones de trabajo seguras, dando prioridad a las medidas de protección colectiva frente a las medidas de protección individual.